La Secretaría Nacional de Discapacidad ha tomado la decisión de dejar sin efecto la restitución de Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral para un grupo de beneficiarios. Esta medida se fundamenta en que los titulares no presentaron la documentación necesaria para acreditar su rehabilitación.
La disposición fue formalizada a través de la Resolución 3702/2026, que se publicó recientemente en el Boletín Oficial y es efectiva desde esa fecha. La resolución fue firmada por el secretario nacional de Discapacidad, Diego Pablo Masaragian.
Según el artículo 1 de la resolución, se ha anulado la Resolución 13.901/25 de la anterior Agencia Nacional de Discapacidad, afectando a las personas mencionadas en un anexo que no fue publicado junto a la norma.
La resolución anterior había restablecido los pagos en cumplimiento de una medida judicial. Sin embargo, la Cámara Federal de Tucumán revocó la sentencia que había dado lugar a la demanda el 12 de febrero de 2026.
El organismo ha indicado que los titulares afectados habían sido notificados de la suspensión de su beneficio y no habían aportado la documentación requerida para demostrar la procedencia de su rehabilitación.
La nueva norma establece un plazo de 60 días corridos desde la notificación para que los beneficiarios puedan solicitar la rehabilitación. Para ello, se requiere la presentación de documentación médica actualizada, renovación de datos personales o antecedentes que respalden su derecho.
Las solicitudes podrán efectuarse en oficinas habilitadas de Discapacidad y PAMI, a través del formulario de consultas del Ministerio de Salud o mediante el sistema de Trámites a Distancia, entre otros canales disponibles.
La Secretaría se encargará de evaluar la documentación presentada para determinar si corresponde la rehabilitación de cada pensión. Además, la resolución ordena comunicar dicha medida a ANSES y notificar a las personas afectadas de manera fehaciente.
Fuente: NA




