15.1 C
Pilar

El Gobierno implementa restricciones en los subsidios de gas a través de la nueva Ley 27.828

-Publicidad-

El Gobierno ha promulgado la Ley 27.828, que introduce modificaciones significativas en el Régimen de Zona Fría. Este cambio afecta directamente los subsidios aplicables a las tarifas de gas y reordena las deudas del mercado eléctrico con la CAMMESA.

La reforma fue oficializada mediante el Decreto 1161/2026, publicado recientemente en el Boletín Oficial. Este decreto reemplaza el artículo 75 de la Ley 25.565 y redefine el funcionamiento del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas.

- Publicidad -

Según el nuevo esquema, se mantienen las compensaciones tarifarias para las proveedoras que venden gas natural y Gas Licuado de Petróleo (GLP) a distribuidoras en regiones específicas como la Patagonia, Malargüe y Puna. Esto incluye también la distribución de garrafas y GLP a granel en estas áreas.

Para las demás subzonas bioambientales, la bonificación del gas por redes se aplicará únicamente a los Consumos Base de hogares residenciales. Los hogares que fueron añadidos al sistema en 2021 ya no contarán con un descuento automático por su ubicación y deberán cumplir con ciertos criterios para acceder a los beneficios.

Entre los requisitos se encuentran tener ingresos netos iguales o inferiores a 3 Canastas Básicas Totales (CBT), contar con un integrante con Certificado de Vivienda Familiar, ser titular de la Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra de Malvinas, o tener un integrante con Certificado Único de Discapacidad, el cual será evaluado por la Secretaría de Energía.

El nuevo régimen se financiará a través de un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte. Este recargo no se aplicará a las exportaciones de gas o GNL, ni al GNL importado y regasificado.

Los productores recibirán este recargo y lo ingresarán a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), estableciendo la vigencia del régimen hasta el 31 de diciembre de 2031.

Regularización de Deudas en el Mercado Eléctrico

La nueva normativa también aborda la regularización de deudas en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). La Subsecretaría de Energía Eléctrica será la encargada de determinar los saldos a favor de distribuidoras y transportistas que surjan de congelamientos o emergencias tarifarias anteriores.

Estos créditos se destinarán exclusivamente a saldar obligaciones pendientes de las distribuidoras con CAMMESA, condicionando a las empresas a desistir de cualquier reclamo judicial o administrativo. Las compensaciones resultantes estarán exentas del impuesto a las ganancias.

En el ámbito de la energía renovable, la legislación prorroga hasta el 31 de diciembre de 2045 el régimen de incentivos establecido en la Ley 27.191. Esto incluye la autorización para la cesión excepcional de contratos de abastecimiento a terceros para asegurar la finalización de proyectos.

Además, se modifica el artículo 38 de la Ley 24.076 para garantizar el traslado automático a las tarifas finales del costo de adquisición del gas obtenido mediante procesos competitivos. En cuanto a los hidrocarburos, se derogan los Decretos 277/2012 y 929/2013, así como ciertos artículos de la Ley 27.007, protegiendo los derechos adquiridos de los proyectos de inversión ya aprobados.

Fuente: NA

-Publicidad-

MAS NOTICIAS

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí